En mayo y junio las empresas hacen reparto de utilidades a sus trabajadores. ¿Sabes si tienes derecho a él, cómo se calcula y cuál es la fecha límite para pago de utilidades? Continúa leyendo para descubrirlo.

En el artículo 123 de la Constitución se establece que como trabajador al servicio de un patrón tienes el derecho de que la empresa en la que trabajas te dé una parte de las ganancias que obtuvo en el último año fiscal por los servicios o productos que ofrece (o bien que, como empresa, estás obligada a pagar utilidades a tus empleados).

Sin embargo, este artículo también establece que algunas empresas no están obligadas al pago de utilidades y que no todos los trabajadores tienen derecho a él:

Trabajadores que SÍ tienen derecho al pago de utilidades

Trabajadores y ex trabajadores* al servicio de una persona física o moral que hayan trabajado por lo menos 60 días en la empresa durante el año al que corresponde el pago de utilidades.

Trabajadores que NO tienen derecho al pago de utilidades

  • Trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de 60 días en el año al que corresponde el pago.
  • Quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin que exista una relación de trabajo subordinado.
  • Trabajadores domésticos.
  • Directores, administradores y gerentes generales.
  • Socios y accionistas de la empresa.

Ojo: Incluso si ya no trabajas en la misma empresa pero cumples con las condiciones anteriores tienes derecho a cobrar utilidades.

Patrones obligados al pago de utilidades

Aquellos con más de un año en operación que declararon ingresos superiores a los $300,000 pesos al ISR.

Patrones NO obligados al pago de utilidades

  • Empresas de nueva creación durante el primer año de operaciones (no se consideran de nueva creación la empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social).
  • Empresas de la industria minera durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro.
  • El IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de asistencia o beneficencia.

¿Cómo se calculan las utilidades que le tocan a cada trabajador?

  1. Para el cálculo del reparto de utilidades se toman en cuenta las ganancias que reportó la empresa o patrón en su Declaración Anual.
  2. El 10% de esta utilidad corresponde a los trabajadores que sí tienen derecho al pago de utilidades.
  3. El monto de la utilidad para repartir se divide en dos partes iguales:
  4. La primera parte se reparte según los días trabajados por cada empleado durante el año. Se toman en cuenta como días trabajados todos aquellos en los que el trabajador recibe un salario aún sin trabajar, como las incapacidades por riesgo de trabajo, periodos de preparto y posparto, descanso semanal, vacaciones, días festivos y permisos con goce de sueldo.
  5. La segunda parte se reparte en proporción al monto de los salarios devengados del trabajador durante el año.
  6. Causan impuestos únicamente los pagos que superen los 15 días de salario mínimo.

¿Cómo y cuándo se pagan las utilidades?

Las leyes que regulan el pago de utilidades establecen que dicho pago debe hacerse en moneda de curso legal, es decir en pesos mexicanos, no con mercancías, vales, o cualquier otra cosa.

Además es un derecho irrenunciable, esto quiere decir que no puedes rechazar recibir este pago y tampoco cederlo ni al patrón ni a cualquier otra persona (claro que una vez que lo recibas puedes hacer con él lo que tú quieras).

La fecha límite para pago de utilidades es:

  • 30 de mayo para quienes trabajan para una persona moral (empresa)
  • 29 de junio para quienes trabajan para una persona física

Qué pasa si soy trabajador y no recibo el pago completo

Si no recibes el pago de utilidades en tiempo y forma, tienes un plazo de un año para hacer un reclamo, según la Ley Federal del Trabajo.

Si tienes dudas o necesitas asesoría puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

Leer: Qué Hacer Si No Recibiste Reparto de Utilidades

Qué pasa si soy empresa y no hago reparto de utilidades

Según la Ley Federal del Trabajo si eres patrón obligado a realizar el pago de utilidades y no lo haces en tiempo y forma puedes recibir una multa de hasta 5,000 salarios mínimos.

Tip extra: Dale un buen uso a pago de utilidades

Aprovecha el ingreso adicional que obtienes del reparto de utilidades para abonarlo a las deudas que te generan intereses, como préstamos personales, créditos hipotecarios o automotrices o tu tarjeta de crédito. Si no tienes deudas ahorra e invierte.

Leer: Diferencia entre pagos anticipados y pagos adelantados


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4 comentarios
    1. ¡Hola Saúl!

      Gracias por compartir tu opinión 😀 Si hay algún tema que te gustaría ver en este blog no dudes en decirlo 😉

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